El principio de igualdad establecido en la Constitución Política del Estado señala que “todas las personas son iguales ante la ley”. Respecto a los enfermos terminales laboralmente activos, es correcto enfatizar:
1. La obligación del Estado, a través de sus Órganos en sus respectivos roles, de otorgar un trato diferente, en el ámbito laboral, a personas cuyas situaciones son sensiblemente diferentes. 2. La obligación de los jueces, de pronunciar jurisprudencia, en materia laboral, que potencie el principio de igualdad a través de una interpretación progresista, extensiva y libre de formalismos.
Conoce, cómo se configuran los derechos de las personas pertenecientes a colectivos tradicionalmente discriminados en el trabajo como es el caso de los enfermos terminales. Quienes deben recibir un trato jurídico favorable a través de medidas normativas, políticas públicas y jurisprudenciales. Cuyo conocimento es de interés para las acciones de personal desarrolladas por los profesionales de Recursos Humanos. Empecemos hoy !!